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Se aprueba la licencia de paternidad en Colombia con posible extensión de beneficio a ocho semanas.




A lo largo de muchos años, ha sido la mujer la que ha tenido el rol más importante en los primeros meses de vida de su recién nacido. Para ellas, la licencia de maternidad consta de 18 semanas, con derecho a la remuneración del salario que devengue al momento de iniciar su licencia. Cabe recordar que la EPS tiene 5 días hábiles de plazo para pagar la licencia de maternidad una vez se ha autorizado su pago.


Ahora bien, el Senado de la república, aprobó recientemente el proyecto de ley sobre licencia compartida. Lo que le da lugar a los padres a acompañar a sus hijos y a sus esposas en estos momentos tan claves de la vida de ese ser que acaba de nacer.

De acuerdo con la abogada Hasbleidy Santamaria, experta en Seguridad Social de nuestra firma. En Colombia existen dos tipos de licencia en la época de parto, que corresponden a la licencia de maternidad y de paternidad.


“Nos dice nuestra normatividad actual que el esposo o compañero permanente tendrá derecho a ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad. Esta licencia opera por los hijos nacidos del cónyuge o de la compañera”. Explica la abogada Santamaría.

Es importante precisar que la licencia remunerada de paternidad estará a cargo de la EPS, para lo cual se requerirá que el padre haya estado cotizando efectivamente durante las semanas previas al reconocimiento de la licencia remunerada de paternidad. Además, debe cumplirse con un requisito que exige la norma para que se proceda al pago de esta prestación y consiste en que el padre debe aportar a la EPS el registro civil de nacimiento de su hijo en un término de 30 días siguientes al nacimiento del menor.


El proyecto de ley ya fue aprobado en cuarto debate y se encuentra pendiente de sanción. El mencionado proyecto permite que de las 18 semanas de licencia que tiene la madre, 6 de ellas puedan ser compartidas con el padre.


Uno de los requisitos que exige el proyecto de ley, es que el padre debe haber realizado cotizaciones a salud durante todo el periodo de gestación de la madre. Además de ello se busca que la ampliación de la licencia se haga de forma progresiva, para que al momento en que se apruebe la ley se inicie con 2 semanas de licencia de paternidad y anualmente se incremente una semana más, para que al llegar al año 2027, se pueda disfrutar de una licencia de 8 semanas. Dice la experta.


En caso de requerir más información acerca de la licencia de paternidad o si su empresa ha tenido inconvenientes al momento de hacer el cobro a la EPS por la falta de cotización del padre durante el periodo de gestación. Contáctenos, lo asesoramos con el trámite.

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